No está permitido como norma general navegar a una distancia inferior a 200 metros de las playas a las embarcaciones de recreo que:
Cuenten con sistema propulsor de motores fuera-borda. Desarrollen una velocidad superior a 3 nudos. Todas son falsas. Tengan una eslora superior a 25 metros.
El uso de la Bandera Nacional...
Es obligatorio en cualquier tipo de navegación. No es obligatorio. Sólo es obligatorio el de la Comunidad Autónoma. Es obligatorio en puerto y en aguas territoriales españolas.